Será porque La Agencia Tributaria depende del Ministerio de Hacienda y porque Cristóbal Montoro es miembro del Partido Popular. O probablemente porque el día de hoy, Montoro se despertó con ganas de decir barbaridades y lanzó una que de la risa lleva a la indignación; pero sea como sea, el caso es que compararse con ‘Cáritas’ o con la Cruz Roja y asegurar que su partido es una entidad sin ánimo de lucro y que entonces las donaciones en negro están exentas de tributación al haber quedado «acreditado» que destinó los fondos obtenidos al objeto principal del partido y, por tanto, no aprecia delito fiscal, nos suena a una burla y es de un cinismo infame.
Según la Agencia Tributaria, las donaciones a entidades sin ánimo de lucro «siempre» han estado exentas, y añade que el único requisito legal para la aplicación de la exención es que los fondos se dediquen al objeto principal de la entidad sin ánimo de lucro.
Este uso habría quedado «acreditado» en este caso, a su juicio. De este modo, afirma que no estarían exentas las donaciones privadas que se desviaran del fin propio de la entidad, como cuando se considere una asociación ilícita o bien una entidad con fines lucrativos y, por ejemplo, reparta dividendos a sus afiliados, pero sí aquellas destinadas a entidades sin ánimo de lucro, «como puede ser un partido, Cáritas o la Cruz Roja», cuyo beneficiario de la exención «es el conjunto de la sociedad».
Además, según el organismo, para el donatario, en este caso el PP, siempre que se tratara de una donación ilegal, supondría en todo caso una infracción administrativa a sancionar por el Tribunal de Cuentas, «con un régimen sancionador que acaba de ser agravado en la reciente reforma de la ley de financiación de partidos políticos».
Por ello, la Agencia Tributaria estima que la reacción jurídica no es en el ámbito tributario, y pone como ejemplo que si un empresario dona 400.000 euros de dinero negro a Cáritas y esta entidad da de comer a 1.000 niños con ello, es decir, lo destina a su fin, el ordenamiento tributario no reacciona determinando que la ONG haya cometido delito fiscal por no tratarse esa donación como ingreso tributario.