El gobernador del Estado de México, Eruviel Ávila, envió al Congreso del Estado una iniciativa de ley que trata de regular el uso de la fuerza pública y facultar al cuerpo policíaco, ya sea local o estatal, de accionar armas de fuego en contra de la población, utilizar artefactos para dar descargas eléctricas, emplear gases pimienta y/o lacrimógenos, toletes, esposas rígidas y semirrígidas, entre otros dispositivos que puedan ocasionar lesiones graves.
Además, si hubiese policías que no acataran una orden para hacer uso de la fuerza pública, en el artículo 52 queda sentado que pudiesen recibir una sanción en caso que “los mandos y elementos que no adopten las medidas necesarias y suficientes para hacer uso de la fuerza pública y de las armas de fuego, haciendo caso omiso de lo dispuesto en la Ley, se les iniciará una investigación interna por parte de la institución a la que pertenecen.”
Esto, con la finalidad de intervenir cuando ellos consideren que una manifestación es “ilegal”, siendo esto lo que más desconfianza genera, ya que se ha podido constatar en repetidas ocasiones, la arbitrariedad y el abuso de autoridad con las que operan las fuerzas policíacas en varias protestas sociales.
En el artículo octavo es donde se puede justificar el uso de armas de fuego:
“Cuando sea estrictamente inevitable para proteger la vida de las personas y la del elemento, éstos podrán hacer uso intencional de armas letales. Sólo se emplearán armas de fuego en defensa propia o de terceros, en caso de peligro inminente de muerte, lesiones graves o con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida o con el objeto de detener a una persona que represente ese peligro y oponga resistencia a su autoridad o por impedir su fuga, así como en el caso de resultar insuficientes las medidas menos extremas para lograr dichos objetivos”.
También cabe destacar que esta iniciativa busca facilitar los desalojos, embargos y lanzamientos, ya que, en uno de sus artículos, en el 23 para ser más exactos, posibilita a los cuerpos de seguridad pública a intervenir en estos casos, dejando a la persona involucrada, en total vulnerabilidad.
Lo alarmante de esta iniciativa de ley es que no contiene ningún apartado donde se deje en claro las sanciones administrativas, civiles o penales, que pudieran ser aplicadas a elementos policíacos que incurran en alguna violación a los derechos humanos como lo puede ser un exceso de la fuerza pública, por el contrario, parece que se trata de eximir responsabilidad alguna al gobernador y los alcaldes en casos de abusos de autoridad, al delegar a los mandos de seguridad pública dicha responsabilidad.
Esta ley se aprobó en la cámara de diputados, aunque todavía está en discusión ya que puede comprobarse su carácter de inconstitucional al ir en contra de los derechos humanos y del bienestar social.